ANMAT prohibió el uso de equipos estéticos sin registro sanitario tras un operativo en un consultorio clandestino 

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dispuso la prohibición inmediata en todo el país de los equipos Dermotherap, modelos AQUA y SIENNA, fabricados por DERMOEQUIPOS SRL, al carecer de las autorizaciones sanitarias exigidas para su uso.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió de forma inmediata el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional de los equipos médicos Dermotherap, modelos AQUA y SIENNA. Esta drástica medida, oficializada esta madrugada tras la publicación de la disposición 8804/2025 en el Boletín Oficial, se tomó luego de constatar que los dispositivos, utilizados para tratamientos faciales y corporales, carecen del obligatorio registro sanitario, lo que representa un riesgo para la salud pública.

La decisión de la ANMAT surge como consecuencia directa de una inspección realizada en un consultorio ubicado en la calle Mansilla al 2500, Recoleta. Personal del Departamento de Control de Mercado, junto a efectivos de la División Delitos Contra la Salud de la Policía de la Ciudad, llevaron adelante el operativo por orden de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 21.

Durante la inspección en el inmueble, que funcionaba sin habilitación sanitaria como centro de tratamientos estéticos, los inspectores hallaron varios gabinetes acondicionados como consultorios. Allí, encontraron los dos equipos identificados: Dermotherap, modelos AQUA y SIENNA. Ambos dispositivos presentaban una grave irregularidad: carecían de datos de registro sanitario y fecha de fabricación visible, lo que de inmediato puso en alerta a las autoridades.

A su vez, en el lugar se encontraba un hombre que se identificó como médico, individualizado como G. R., quien admitió que utilizaba el departamento para atender pacientes. El profesional reconoció que en el sitio realizaba procedimientos estéticos, detallando actividades como curaciones post quirurgicas, tratamientos faciales y corporales, además de la aplicación de toxina botulínica, ácido hialurónico y mesoterapia.

El propietario del inmueble, identificado como G. S. M., reconoció ante los inspectores que el lugar carecía de la habilitación sanitaria correspondiente para funcionar como centro de salud o estética. Ante la consulta específica sobre la procedencia de los dispositivos, G. R. no pudo presentar documentación que acreditara su origen. No obstante, posteriormente el médico envió una factura del año 2013 emitida por DERMOEQUIPOS SRL. Sin embargo, la investigación determinó que la fecha de fabricación de los equipos hallados era posterior a la fecha de la factura presentada, lo que generó severas dudas sobre la trazabilidad y la legalidad de los productos en cuestión.

El organismo nacional verificó en su sistema de registros que los equipos AQUA y SIENNA no figuraban como autorizados. Al consultar a la empresa fabricante, el personal de DERMOEQUIPOS SRL admitió que los modelos en cuestión habían sido fabricados por la firma, pero confirmaron que nunca se tramitó el registro sanitario correspondiente, a pesar de ser obligatorio. Además, la empresa informó que la producción de estos equipos se discontinuó en enero de 2025, aunque admitió que se comercializaron durante el año 2024, aportando facturas de venta a distintos particulares en ese período.

De tal modo, el Departamento de Control de Mercado de la ANMAT advirtió que si bien existen productos similares debidamente registrados, como el PM 1088-36 (indicado para tratamiento de celulitis y adiposidad localizada) y el PM 1090-51 (destinado a rejuvenecimiento y tonificación facial), ambos con clase de riesgo II, los equipos Dermotherap no cuentan con el registro indispensable. Esta situación implica que “se desconoce las características, funcionalidad y seguridad de los equipos, revisten riesgo para la salud”, en palabras del organismo. Por ello, y al considerar que “podrían existir otros productos idénticos en etapa de comercialización o uso, a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados”, se recomendó la prohibición preventiva y definitiva.

Además de la prohibición a nivel nacional, la disposición de la ANMAT instruye la apertura de un sumario sanitario. Este proceso está dirigido contra DERMOEQUIPOS SRL y su director técnico, por la presunta infracción a los artículos 2° y 19 de la Ley N° 16.463, la cual prohíbe la elaboración, tenencia, fraccionamiento, circulación, distribución y entrega al público de productos impuros o ilegítimos. También se suman infracciones a los incisos 1 de las Partes 1 y 3 del Anexo de la Disposición ANMAT N° 64/25, que establece que “El registro de todos los productos médicos incluidos en este RTM es obligatorio. Se entiende por registro al procedimiento administrativo mediante el cual cada Estado Parte autoriza la comercialización de un producto médico en su territorio nacional”.

Related posts

Mascotear 2026: ¡Nueva edición de una convocatoria donde nuestros queridos perros son los auténticos protagonistas!

Un súper plan para el finde: ¡La nueva edición del Festival del Asado y la Empanada!

¡Más de cien Bodegones te están esperando para disfrutar de una semana increíblemente sabrosa y bien porteña!